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Respuestas sobre la aplicación del plan de contabilidad para entidades sin fines lucrativos: Ayudas plurienales, resultados excepcionales,donaciones en especie, cesión inmuebles.

 

1.- La adaptación al PCG de entidades si ánimo de lucro indica:

 

Las ayudas otorgadas en firme por la entidad y otros gastos comprometidos de carácter plurienal se contabilizarán en la cuenta de resultados del ejercicio en que se apruebe su concesión con abono a una cuenta de pasivo, por el valor actual del compromiso asumido. Esto quiere decir que si la entidad tiene elaborado un plan de actuación aprobado por el consejo, de como va a repartir unas ayudas a sus proyectos para los dos próximos años ¿Podría contabilizar el gasto por el total en el momento en que se aprueba el plan de actuación?

 

Respuesta: Ayudas plurienales. Lo que recoge el plan es que las ayudas se contabilicen en función del devengo y no del pago. Que la entidad tenga realizado un plan de actuación no es suficiente para que se contabilice como gasto en el momento en que se apruebe el citado plan. Para que se devengue es necesario que se concrete y materialice la concesión de las ayudas. Pongamos un ejemplo, el plan de actuación dice que se destinarán 50.000 € para ayudas a becarios en los dos próximos ejercicios en el año 1 y 2. Como tal no se contabilizará como gasto ahora en el año 1. En el año 1 se otorgan ayudas a 50 personas por 1.000€ pagaderas en el año 1 y 2 en 500€ anuales. En este caso en el año 1 se contabilizará el gasto por otorgar las 50 ayudas por importe total, es decir 50.000€.

2.- El plan general contable de las entidades sin fines lucrativos, no recoge en ninguno de sus epígrafes las cuentas del grupo 678 y 778 ¿Dónde piensa que iría mejor? ¿Crearlo después del epígrafe 18?

Respuesta 2.- Los ingresos y gastos excepcionales
En mi opinión el epígrafe debe abrirse dentro del resultado de explotación como «Otros resultados», justo el último capítulo, y estará compuesto por la diferencia entre ingresos y gastos excepcionales.

 

3.- Una ONG recibe a título gratuito importantes cantidades de comida y otros bienes, que en muchos casos tiene soporte documental y que considero deberían estar reflejadas en la contabilidad para que esta sea un reflejo de la realidad económica. El caso es que no tengo muy claro como contabilizarlo, sin tener que llevar un almacén físico, que sería una opción muy remota dados los recursos humanos y físicos de los que se dispone.

 

Pongo  un ejemplo simple con dos soluciones a ver cual podría ser la mejor:

Le donan comida por valor de 80 euros. A lo largo del ejercicio de estos, ha gastado comida por valor de 70 euros.

OPCION 1

 

En el momento que recibe el donativo hace le siguiente asiento:

80      Ayuda no monetaria (651)

                                          a           Donativo en especie  (74)       80

 

Al cierre:

10      Bienes destinado a la actividad  (300)

                                          a           Variación de bienes destinado a la actividad  (610)     10

 

 

Si al cierre no queda nada ya no haría el ultimo asiento. Esta opción supondría al menos  llevar un pequeño control sobre inventario.

 

 

OPCION 2

 

En el momento que recibe el donativo hace le siguiente asiento:

80      Otros deudores (448)

                                          a           Donativo en especie  (132)      80

 

Cuando se gasta:

70      Ayuda no monetaria (651)

70      Donativo en especie  (132)

                                          a           Otros deudores (448) 70

                                          a         Donativo en especie (74) 70

 

Con esta opción al cierre queda recogido un crédito, que no es tal. Se daría de baja en el próximo ejercicio cuando se gaste y se reconocería el ingreso pendiente.

Respuesta 3.-Estamos hablando de donaciones en especie. En ese caso lo importante es determinar el valor razonable de las mismas y que estará en consonancia con el valor de mercado menos posibles depreciaciones del mismo. Si está documentada y además, en muchos casos, incluso hay un certificado de donación lo correcto es incluir un ingreso por donaciones  por el valor razonable y un gasto por el mismo importe como ayudas no monetarias; asumiendo que los bienes no se destinan al almacenaje y que la salida de los mismos se produce en un tiempo prudencial desde la recepción de la misma, con lo que le valor de las existencias no es tal, y en todo caso como el destino es la entrega a título gratuito el varlor para la entidad es cero.
Si la salida del bien no se produce de forma rápida y hubiera existencias en varios ejercicios, procede contabilizarlo como otras donaciones y legados transferidos a resultados del ejercicio.

 

4.- Inmovilizado cedido sin contraprestación:

La norma dice que las entregas o cesiones de un inmovilizado sin contraprestación, a perpetuidad o por un tiempo igual o superior a la vida útil del activo, en cumplimiento de los fines no lucrativos de la entidad, se contabilizará como un gasto en la cuenta de resultados por el valor en libros del activo cedido y por tanto no se amortizan. Lo que no me queda nada claro es en que cuentas llevarlo.

Pongo un ejemplo y dos posibles soluciones para que quede más claro y a ver si piensa que alguna es correcta.

En el caso de que se ceda un inmueble por un periodo definido de 35 años y el inmueble tiene un valor de 539.640,80 euros y esta amortizado en 419.435,65euros, con una amortización anual de 16.189,22, por lo que faltaría por amortizar aproximadamente 7,42 años, atendiendo a la noma contable:

¿La contabilización sería como sigue?:

 

120.205,15      (651) Ayudas no monetarias

419.435,65      (2811) Am acumulada     a       Construcciones (211)    539.640,80

 

 

Al hacerlo de este modo, estaría dando de baja el bien ¿y si al cabo de los 35 años lo vendo como daría la baja?.

 

U otra opción que se me ocurre para no dar de baja todo el bien es dar de baja solo lo que está pendiente de amortizar, que coincide con el valor en libros del activo cedido y así que daría un bien por valor cero, pero al menos queda en la contabilidad.

      120.205,15 (651) Ayudas no monetarias

                                                           a   Construcciones (211)    120.205,15

Respuesta 4: Para el cedente es un gasto no monetario. En ningún caso se debe dar de baja el suelo puesto que este volverá a la Institución. Si que debe darse de baja el valor contable que tenga la construcción e instalaciones. Para el que recibe y con independencia del valor contable que tuviera en el donante, debería realizarse un estudio sobre el valor del edificio en cuestión para la entidad (una tasación o similar). Este importe es el que se daría de alta como activo y como pasivo el grupo 13. Posteriormente se amortizaría en el período de vida del bien si es inferior al de cesión y como ingresos la imputación de subvenciones de capital.