{"id":809,"date":"2011-11-12T15:16:52","date_gmt":"2011-11-12T13:16:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.donoso.es\/?p=809"},"modified":"2020-11-24T19:32:15","modified_gmt":"2020-11-24T17:32:15","slug":"entrevista-de-la-plataforma-de-ong-sobre-el-nuevo-plan-de-contabilidad-para-entidades-sin-fines-lucrativos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/donoso.es\/?p=809","title":{"rendered":"Entrevista de la Plataforma de ONG sobre el nuevo Plan de Contabilidad para Entidades Sin Fines Lucrativos"},"content":{"rendered":"<p>Entrevista a Juan Jes\u00fas Donoso &#8211; Plafaforma de ONG<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Director Econ\u00f3mico de Cruz Roja Espa\u00f1ola. Licenciado en Ciencias Econ\u00f3micas, Diplomado universitario en Ciencias Empresariales. Formaci\u00f3n completada con distintos estudios universitarios, m\u00e1ster y estudios de posgrado:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Master en Consultor\u00eda y Desarrollo Organizativo por la Universidad de Valladolid. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Master de auditor\u00eda financiera por la UNED (que habilita al acceso a la profesi\u00f3n), <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Master en Direcci\u00f3n Econ\u00f3mico \u2013 Financiera por la Universidad Oberta de Catalu\u00f1a UOC y <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Master en An\u00e1lisis Financiero, Fiscalidad y Legislaci\u00f3n Laboral tambi\u00e9n en la UOC\u00a0y <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Programa de Liderazgo e\u00a0Innovaci\u00f3n Social en ESADE. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 En ESADE tambi\u00e9n el Programa de Direcci\u00f3n en Organizaciones no Gubernamentales. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\uf0b7<\/strong><strong>\u00a0 Actualmente estoy cursando en IESE el Programa de Gesti\u00f3n Estrat\u00e9gica y Liderazgo Social. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En el terreno de investigaci\u00f3n forma parte de la Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Contabilidad y Administraci\u00f3n de Empresas, grupo de Entidades sin Fines Lucrativos, donde se mantienen distintas l\u00edneas de trabajo e investigaci\u00f3n con el objetivo de publicar peri\u00f3dicamente documentos de an\u00e1lisis, mejora, etc. sobre este grupo de entidades.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En el \u00e1mbito contable forma parte del grupo de trabajo del Plan General de Contabilidad para Entidades Sin Fines Lucrativos creado por el Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfQu\u00e9 beneficios va a aportar el nuevo plan general contable a las ONG?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La presencia de las entidades sin fines de lucro cada vez m\u00e1s importante y el aumento del peso econ\u00f3mico relativo, en los pa\u00edses m\u00e1s desarrollados y tambi\u00e9n en los que est\u00e1n en v\u00eda de desarrollo, ha llevado a una demanda creciente de informaci\u00f3n y transparencia sobre las actividades que realizan y el modo y empleo de los recursos y medios que gestionan. Una contabilidad que refleje la imagen fiel es imprescindible para el buen gobierno de las entidades sin fines de lucro.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>No podemos dejar a un lado la repercusi\u00f3n que el beneficio tiene sobre la vida de una Entidad Sin Fines Lucrativos (ESFL). Podr\u00eda argumentarse que en ausencia de \u00e1nimo de lucro el riesgo de descapitalizaci\u00f3n no llegar\u00eda a darse puesto que no hay distribuci\u00f3n de dividendos alguna. S\u00ed embargo el excedente mide si estas organizaciones han vivido dentro de sus posibilidades. Y esto es as\u00ed porque tanto las lucrativas como las no lucrativas tienen que equilibrar sus entradas y salidas si quieren sobrevivir. As\u00ed se entiende que el equilibrio en las empresas se consigue cuando los ingresos cubren los costes incluidos los de capital, mientras en las ESFL el equilibrio se consigue cumpliendo unos presupuestos equilibrados y obteniendo el excedente suficiente para mantener e incrementar el inmovilizado necesario para sus actividades, as\u00ed como las exigencias de financiaci\u00f3n derivadas de las diferencias temporales entre los cobros y los pagos que emanan del presupuesto equilibrado de ingresos, gastos e inversiones. La formulaci\u00f3n de la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias, o excedente como se denomina en la terminolog\u00eda de las entidades sin fines de lucro, no tiene sentido reportando poca utilidad o ninguna para medir la actuaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n respectiva.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Los agentes econ\u00f3micos que aportan los recursos de la entidad, son normalmente distintos de los beneficiarios de los servicios prestados por \u00e9sta, por lo que los primeros no condicionan su donaci\u00f3n bas\u00e1ndose en la satisfacci\u00f3n experimentada en el disfrute de tales servicios, sino en otro tipo de percepciones que les aporten una medida sobre la calidad y oportunidad de las actividades de la entidad. El acceso a este tipo de percepciones deber\u00eda formar parte de los objetivos de informaci\u00f3n presentes en sistema de informaci\u00f3n contable de \u00e9stas.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La evaluaci\u00f3n de la eficacia de las entidades sin fines de lucro depender\u00e1 de las actividades ejecutadas en un determinado per\u00edodo de tiempo y de la previsi\u00f3n de las mismas en un futuro. As\u00ed la contabilidad deber\u00e1 reflejar esta informaci\u00f3n, registrando las variaciones sucedidas en su patrimonio como consecuencia de la realizaci\u00f3n de actividades y compromisos asumidos, rindiendo cuentas sobre los objetivos presupuestados y los alcanzados. Las variaciones patrimoniales son cambios cualitativos y cuantitativos provocados en el patrimonio, por diferentes hechos o actos ciertos o con alta probabilidad de ocurrencia, cuantificables objetivamente en moneda, en el desarrollo de su fin social.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Antes hemos nombrado la palabra capital. Aqu\u00ed realizamos la menci\u00f3n expresa ya que otra de las caracter\u00edsticas principales de las Entidades sin fines lucrativos no es la ausencia de capital, sino que \u00e9ste no es propiedad de nadie y por tanto no existen participaciones sobre el mismo:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Su capital no es propiedad de personas interesadas en su rentabilidad econ\u00f3mica. La protecci\u00f3n de la inversi\u00f3n no es un objetivo que deba estar presente en la contabilidad de estas entidades.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Su capital dej\u00f3 de pertenecer al patrimonio del fundador y posteriores donantes para personificarse en otro aut\u00f3nomo, afecto a la realizaci\u00f3n de un fin. La obtenci\u00f3n de informaci\u00f3n sobre el grado de cumplimiento de tales fines, es informaci\u00f3n relevante para los aportadores.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La adaptaci\u00f3n del plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos no se aparta en lo fundamental del plan general, pero a la vez introduce aquellos desarrollos y precisiones necesarios en funci\u00f3n de la naturaleza no lucrativa y de la actividad desarrollada por estas entidades.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Los criterios de reconocimiento y valoraci\u00f3n se adaptan en funci\u00f3n de la naturaleza singular de los activos destinados al cumplimiento de los fines no lucrativos, lo que exige eliminar la referencia a la obtenci\u00f3n de beneficios o rendimientos econ\u00f3micos, por la generaci\u00f3n de rendimientos aprovechables en su actividad futura, y por tanto la no generaci\u00f3n de flujos de efectivo no es condici\u00f3n de valoraci\u00f3n en tanto y en cuanto el bien o derecho incorpora un servicio para los usuarios y beneficiarios de la entidad.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfCon qu\u00e9 dificultades se pueden encontrar las Entidades Sin Fines Lucrativos a la hora de realizar su contabilidad? \u00bfD\u00f3nde tendr\u00e1n que prestar mayor atenci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La aplicaci\u00f3n del plan no tiene por qu\u00e9\u00a0 suponer mayores dificultades, ya que hasta la fecha se ven\u00eda aplicando el Plan Contable\u00a0 General y la anterior adaptaci\u00f3n. El nuevo Plan General para Entidades Sin Fines Lucrativos, recoge y sistematiza las normas que ya se ven\u00edan aplicando, y aclara, como ya se ha expresado en el punto anterior, aquellos criterios que son espec\u00edficos.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Tambi\u00e9n ante la dispersi\u00f3n existente y la interpretaci\u00f3n de los protectorados sobre el plan de actuaci\u00f3n, se consider\u00f3 oportuno elaborar un modelo general de plan de actuaci\u00f3n, que sirviera de referente, evitase dudas y dotase homogeneidad a la informaci\u00f3n facilitada por estas entidades.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfD\u00f3nde prestar m\u00e1s atenci\u00f3n? Quiz\u00e1s por la novedad en el nuevo modelo de cuenta de resultados. Fue objeto de debate dentro del grupo dotar de contenido al citado documento de una informaci\u00f3n que era relevante, con el objetivo de cumplir con la imagen fiel, sustituyendo la cl\u00e1sica cuenta de resultados.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>El Real Decreto aprobado solo contiene aquellas normas que sufren modificaciones respecto a lo establecido en el Plan General Contable \u00bfCu\u00e1ndo est\u00e1 previsto que el Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas (ICAC) apruebe y publique el texto refundido?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La disposici\u00f3n adicional primera habilita los desarrollos normativos futuros. En particular se confiere al Instituto de Contabilidad y Auditor\u00eda de Cuentas (ICAC) para que elabore mediante resoluci\u00f3n, un texto que refunda el presente Plan de Contabilidad y el Plan de Peque\u00f1as y Medianas entidades sin fines lucrativos, con el objetivo de proporcionar un marco operativo \u00fanico que contenga todos los elementos necesarios para el registro de las operaciones que puedan realizar incluidas las que se deriven, en su caso, de la actividad de car\u00e1cter mercantil o con \u00e1nimo de lucro. Por tanto el plazo de su publicaci\u00f3n ser\u00e1 corto.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Llegados a este punto no me gustar\u00eda pasar por alto el debate y la pol\u00e9mica que hubo en el grupo de trabajo del ICAC, como es que una entidad sin \u00e1nimo de lucro pudiera hacer actividades mercantiles o con \u00e1nimo de lucro. En particular mi opini\u00f3n niega la mayor: una entidad sin \u00e1nimo de lucro no puede tener \u00e1nimo de lucro.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La denominaci\u00f3n de Entidades sin fines de lucro, contiene precisamente la caracter\u00edstica m\u00e1s importante: la ausencia del \u00e1nimo de lucro. Por tanto, la finalidad primordial de su contabilidad no ser\u00e1 registrar correctamente los resultados econ\u00f3micos obtenidos en su actividad \u2013beneficios o p\u00e9rdidas en su aceptaci\u00f3n m\u00e1s tradicional-, sino la de recoger y explicar las variaciones que sufre su patrimonio como garant\u00eda para su estabilidad, los compromisos asumidos y la cobertura estimada para su cumplimiento y, fundamentalmente, los logros propuestos alcanzados y el grado de realizaci\u00f3n en el ejercicio de las actividades sociales emprendidas.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En la interpretaci\u00f3n tradicional hasta ahora se entiende que dentro de una entidad sin fines lucrativos coexisten actividades lucrativas o mercantiles con otras que no lo son. Si la definici\u00f3n de No lucrativa es que <em>el resultado econ\u00f3mico si existe no se reparte entre los accionistas o propietarios<\/em>, el corolario resultante es que en una entidad sin fines lucrativos existen actividades que no reparten beneficios a sus propietarios y otras que s\u00ed van a generar dividendos, llegando al absurdo en esta deducci\u00f3n ya que ni hay due\u00f1os ni por ende se reparte remuneraci\u00f3n alguna a los propietarios\u00a0 puesto que \u00e9stos no existen. La mayor niega la menor dejando sin validez la divisi\u00f3n impuesta por la visi\u00f3n fiscal, siendo todas las actividades no lucrativas y llegando a la conclusi\u00f3n de que es la entidad la que tiene o no fines lucrativos y no las tareas que desarrolla.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>4-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfQu\u00e9 diferencias existir\u00e1n entre el tradicional balance de resultados y la actual cuenta de resultados o cuenta de variaciones patrimoniales?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La principal diferencia radica en que el nuevo estado es expresi\u00f3n del resultado total de la entidad, por diferencia entre las aportaciones y disminuciones de la dotaci\u00f3n fundacional o fondo social, y de los ingresos y gastos, tanto de los contabilizados formando parte del excedente del ejercicio, como de los incluidos directamente en el patrimonio neto a la espera de su posterior reclasificaci\u00f3n al excedente.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Se rinden cuentas no s\u00f3lo de lo que ha pasado en el ejercicio, medido como los gastos acometidos en el a\u00f1o menos los ingresos imputados en el ejercicio, sino tambi\u00e9n de los fondos obtenidos en el ejercicio y que a\u00fan no han sido aplicados a la finalidad. Por tanto no s\u00f3lo se sirve la informaci\u00f3n sobre el excedente del ejercicio sino que tambi\u00e9n, y en el mismo documento, sobre los fondos obtenidos totales lo que facilita el conocimiento sobre la viabilidad de la entidad ya que supone la financiaci\u00f3n de los proyectos en el futuro, as\u00ed como si los fondos entran y salen y por tanto rotan en un plazo de tiempo razonable en funci\u00f3n de las actividades que realiza.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfCu\u00e1l es el baremo que permitir\u00e1 clasificar a las organizaciones en grandes, peque\u00f1as y medianas o en microentidades?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En el plan se prev\u00e9 la aplicaci\u00f3n a determinadas entidades del plan de contabilidad para peque\u00f1as y medianas empresas (PYMES) y en su caso los criterios aplicables por las microentidades que all\u00ed se contienen. <\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Para aplicar el plan \u201cPymes\u201d una entidad sin fines lucrativos, cualquiera que sea su forma jur\u00eddica, deber\u00e1 cumplir al menos dos de los siguientes requisitos durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el importe neto de su volumen anual de ingresos no supere los cinco millones setecientos mil euros, entendido el mismo como suma de los ingresos de la entidad por la actividad propia y, en su caso, del importe neto de la cifra anual de negocios de la actividad mercantil.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el n\u00famero medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>En ning\u00fan caso podr\u00e1n emplear el plan \u201cPymes\u201d aquellas entidades que formen parte de un grupo que formule o debiera formular las cuentas anuales consolidadas o que su moneda funcional sea distinta del euro.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Si en la aplicaci\u00f3n del Plan \u201cPymes\u201d surgiera una operaci\u00f3n cuyo tratamiento contable no est\u00e1 recogida en \u00e9l, deber\u00e1 remitirse a las normas y apartados del Plan General de Contabilidad con la excepci\u00f3n de los relativos a activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta, en ning\u00fan caso aplicables.<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Los criterios espec\u00edficos aplicables a las microentidades sin fines lucrativos siguen el mismo esquema que el anterior, al cumplimento a la fecha de cierre durante dos ejercicios consecutivos, de al menos dos de las siguientes circunstancias:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el importe de las partidas del activo no supere los 150.000 euros.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el importe del volumen anual no supere los 150.000 euros, incluyendo la misma suma que en el caso \u201cPymes\u201d.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211;\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Que el n\u00famero medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cinco.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>6-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfQu\u00e9 modelo seguir\u00e1n las microentidades?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Las microentidades aplicar\u00e1n las adaptaciones en la medida que cumplan con los criterios, ya que supone una facilidad en los criterios contables a aplicar, la elaboraci\u00f3n de las cuentas anuales simplificadas, memoria tambi\u00e9n simplificada y la no obligatoriedad de determinada informaci\u00f3n como es la de flujos de efectivo.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>7-\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><strong>\u00bfC\u00f3mo se aplicar\u00e1 este nuevo Plan a las redes de entidades, deber\u00e1n formular de manera voluntaria cuentas anuales agregadas o combinadas, o tendr\u00e1n que aplicar las normas de formulaci\u00f3n de cuentas anuales consolidadas?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>El plan de contabilidad prev\u00e9 que las fundaciones de competencia estatal puedan participar en sociedades mercantiles y, en consecuencia, y as\u00ed que se les atribuya el control en \u00a0los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 42 del C\u00f3digo de Comercio. En estos casos la ley de fundaciones de competencia estatal, 50\/2002 de 26 de diciembre, en el art\u00edculo 25.9, y su reglamento de desarrollo imponen a estas entidades la obligaci\u00f3n de consolidar.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Una red de entidades sin fines lucrativos es \u201cuna estructura organizada de entidades sin fines lucrativos, que tiene por objetivo la cooperaci\u00f3n para el mejor ejercicio de sus fines sociales\u201d.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Las entidades sin fines de lucro pueden establecer v\u00ednculos de cooperaci\u00f3n con otras entidades sin fines lucrativos para el mejor ejercicio de sus fines sociales, evidentemente distintas al de la propiedad puesto que en estas entidades no existe el capital, como es el control o gesti\u00f3n comunes, la utilizaci\u00f3n de un nombre com\u00fan \u2013como marca-, compartir pol\u00edticas, procedimientos de calidad, estrategias o recursos profesionales o del voluntariado (incluyendo la financiaci\u00f3n e inversi\u00f3n). Estas redes de entidades pueden constituir grupos que no est\u00e1n obligados a consolidar, pero que s\u00ed pueden optar por hacerlo. En ese caso deber\u00e1n seguir las Normas para la Formulaci\u00f3n de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159\/2010, de 17 de septiembre.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entrevista a Juan Jes\u00fas Donoso &#8211; Plafaforma de ONG Director Econ\u00f3mico de Cruz Roja Espa\u00f1ola. Licenciado en Ciencias Econ\u00f3micas, Diplomado universitario en Ciencias Empresariales. 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