El Consejo de Ministros aprobó el pasado 19 de diciembre de 2023 un Real Decreto-Ley mediante el que se modifica la Ley de mecenazgo vigente desde hace 21 años, que entrará en vigor el 1 de enero de 2024. Posteriormente, el Parlamento tendrá que convalidarla. La aprobación de esta reforma de la ley es resultado del trabajo colectivo del Tercer Sector, que lleva años reclamándola, y su interlocución con el Congreso y con el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Las novedades que introduce la reforma de la ley del mecenazgo en la norma 49/2002 son las siguientes:
- Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción: en el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente). En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades pasan también del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
- Se incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles dentro del concepto más genérico de donación de derechos.
- Se amplía el concepto de convenio de colaboración, incluyendo de forma expresa las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios. El colaborador podrá además difundir esta colaboración.
- Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
- Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
- Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO, Núm. 303, Miércoles 20 de diciembre de 2023, pulsa en:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/12/20/pdfs/BOE-A-2023-25758.pdf